Todo niño, niña y adolescente se merece una medida de integración familiar estable. La adopción está pensada para proporcionar una familia donde crecer y desarrollarse a esos y esas menores que carecen de ella, configurándose, por tanto, como un elemento de plena integración familiar.
Toda niña o niño adoptado tiene un pasado. En unos casos es un pasado menos difícil y breve; en otros, más largo y complejo. Todo niño o niña adoptado tiene derecho a que ese pasado sea respetado y a que, a medida que vaya teniendo edad para ello, se le dé a conocer de manera realista y respetuosa.
Respetar el pasado de la o del menor es respetarle a él o ella. Toda niña o niño adoptado tiene una larga historia por delante, llena de esperanza y de posibilidades. Las familias adoptivas tienen el reto y el privilegio de hacer que esas posibilidades se conviertan en realidad.
La adopción está pensada para proporcionar una familia a niños y niñas que carecen de ella o que teniéndola, no pueden permanecer en la misma por distintos motivos, garantizándoles a través de esta nueva relación familiar, la atención necesaria para su íntegro desarrollo.
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Adopción Nacional
En la adopción, los menores se incorporan a una familia en las mismas condiciones y con una relación igual o equiparada a la biológica, creando vínculos de filiación, dándose como norma general una ruptura de vínculos personales, familiares y jurídicos entre el hijo/a adoptivo y sus padres biológicos. La adopción está pensada para proporcionar una familia a niños y niñas que carecen de ella o que teniéndola, no pueden permanecer en la misma por distintos motivos, garantizándoles a través de esta nueva relación familiar la atención necesaria para su desarrollo.
Más información sobre la guarda con fines de adopción, criterios para una adopción, características de los y las menores susceptibles de adopción, así como los requisitos necesarios y el proceso para la adopción nacional, te invitamos a que pinches en el siguiente enlace.
Adopción Internacional
La adopción internacional es un recurso excepcional y permanente para menores que, por diversas razones, no pueden ser cuidados por sus propias familias, ni en su país.
El procedimiento y los criterios técnicos establecidos están orientados a establecer las garantías necesarias para que estas adopciones se realicen en consideración al interés superior de los niños y las niñas y el respeto a sus derechos.
Para poder optar a la adopción internacional hay que ser mayor de 25 años y tener, al menos, 14 años más que el menor adoptado. Si se trata de una adopción por parte de una pareja, es suficiente con que uno de ellos cumpla los requisitos de edad. A esto hay que sumar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Estado de origen del menor que se pretende adoptar.
Más información sobre el perfil de los y las menores, o tal vez sobre la importancia del proceso de decisión, las normativas en función del ámbito de aplicación, así como, la normativa para la adopción internacional en Andalucía, además del proceso propio de la adopción internacional, puedes acceder a toda esta información en el siguiente enlace.
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